Recategorización de Monotributo 2019

Dentro de las modificaciones que la Ley 27.430 incorporó al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) se encuentra la que dispuso que la recategorización semestral, de enero a junio el 20 de julio y de julio a diciembre el 20 de enero del año siguiente. 

A partir del 1 de enero de 2019 rigen nuevos montos para las diferentes categorías de monotributo.

La Recategorización se realizará hasta el 21/01 considerando lo facturado entre enero y diciembre de 2018. Según cada categoría varía el límite de facturación y el abono mensual. Si no hubo variaciones en su situación, el monotributista no debe hacer nada y persistirá en la misma categoría.

Respecto a los topes, la facturación máxima para ingresar o mantenerse en el esquema será de $1.151.066,58 anuales si la actividad es de servicios. Para el caso de las actividades comerciales, será de de $1.726.599,88.

También es importante recordar que la Factura Electrónica a partir de abril de 2019, será obligatoria para todas las categorías.

María Eugenia Alvarez

Contadora Pública

alvarez.maeugenia@gmail.com

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