La AFIP dio a conocer cómo quedarán las nuevas categorías del Monotributo a partir de 2020.
Los nuevos valores regirán a partir de Enero y se deberá realizar el trámite de recategorización, en el caso que corresponda cuya fecha límite es el 20/01. Si no hubo variaciones en su situación, el monotributista no debe hacer nada y persistirá en la misma categoría.
Respecto a los topes, la facturación máxima para ingresar o mantenerse en el esquema será de $1.739.493,79 anuales si la actividad es de servicios. Para el caso de las actividades comerciales, será de de $2.609.240,69.
Asimismo, la AFIP por RG 4600/2019 decidió suspender las exclusiones de pleno derecho del Monotributo hasta fines de Febrero 2020. A continuación se adjunta el nuevo cuadro de categorías del Monotributo vigente desde 01/01/2020:
María Eugenia Alvarez – Estudio Cubillas
Contadora Pública